El Subsidio DS01, es un programa destinado a las familias de sectores medios que NO son propietarias de una vivienda, que tienen capacidad de ahorro y posibilidad de complementar el valor de la vivienda con recursos propios o crédito hipotecario. Este apoyo del Estado permite adquirir una vivienda nueva, en sectores urbanos o rurales, y establece tres opciones para los grupos familiares.
¿Conoces el Subisidio DS1?
Zona Regular
Regiones de Coquimbo a Los Lagos
Opciones de subsidio | Valor máx. de la vivienda * | Monto subsidio | Ahorro mínimo |
---|---|---|---|
Tramo 1 | 1.100 UF | 600 UF (fijo) | 30 UF |
Tramo 2 | 1.600 UF | entre 250 y 550 UF | 40 UF |
Tramo 3 | 2.200 UF | entre 250 y 400 UF | 80 UF |
Consulte este subsidio DS1 en Minvu (Ministerio de Vivienda y Urbanismo)
POSTULACIÓN paso a paso
Registro social de hogares
Conozca el porcentaje de calificación socio económica de su Registro Social de Hogares (RSH). Para ello puede visitar www.registrosocial.gob.cl, llamar al 800 104777 o dirigirse a su municipalidad.
Informese
Infórmese y solicite orientación sobre los programas del ministerio y consulte por las fechas de postulación
Cuenta de Ahorro para la vivienda
Abra una cuenta de Ahorro para la Vivienda y deposite en ella su ahorro. La cuenta debe tener al menos 12 meses de antigüedad al momento de postular.
Para postulación presencial
Reserve previamente un día y lugar para postular de manera presencial (en www.minvu.cl o llamando a MinvuAló).
El tramite puede ser online o presencial
El trámite de postulación se puede hacer por internet o personalmente en las Oficinas de Atención Presencial del Serviu, o en las instituciones públicas que este organismo habilite para estos efectos
El tramite puede ser online o presencial
El trámite de postulación se puede hacer por internet o personalmente en las Oficinas de Atención Presencial del Serviu, o en las instituciones públicas que este organismo habilite para estos efectos
Requisitos generales para postular
Pueden postular sin RSH al Título II aquellas chilenas o chilenos que vivan, a lo menos, desde hace cinco años en el exterior. Para ello deben presentar un certificado de residencia legalizado o autorizado ante la Embajada o Consulado de Chile en el país respectivo. En el caso de las ciudades que no cuenten con sede consular de Chile, las personas deben presentar un documento oficial legalizado que acredite residencia.